Facturación electronica

Calendario facturación electrónica 2019 en colombia

Resolución 000064 emitida el 01 de octubre de 2019 por la DIAN en dónde se derogan y modifican disposiciones de la Resolucion 000020 de 2019, Resolución 000030 de 2019 y Resolución 000058 de 2019.

Haz clic para ver la resolución 000064 de 01 de Octubre 2019

Resumen

La nueva resolución 000064 establece modificaciones en los calendarios de factura electrónica de venta, establecidos en la resolución 000020 del 26 de marzo de 2019, específicamente el artículo 3, quedando de la siguiente manera:

Los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta que deban cumplir con lo indicado para los grupos 1, 2, 3 y 4 del calendario del numeral 1, podrán contar con tres (3) meses adicionales a partir dela fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta.

Los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta que deban cumplir con lo indicado para el grupo 2 del calendario establecido en el numeral 2, podrán contar con tres (3) meses adicionales a partir dela fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta.

Los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta que deban cumplir con lo indicado para los grupos 3 al 7 del calendario establecido en el numeral 2, podrán contar con dos (2) meses adicionales a partir dela fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta.

¿Cuando debo facturar?

Conforme a las modificaciones antes mencionadas, este es el calendario de implementación con los nuevos plazos adicionales para facturar electrónicamente:

 

Los establecimientos que están obligados a facturar electrónicamente en Colombia, se pueden regir por el código CIUU principal que aparece en el RUT de cada empresa
Grupo Fecha máxima de registro en el servicio informático de factura (DD/MM/AAAA) Fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta (DD/MM/AAAA) Plazo adicional a partir de la fecha máxima para inicia r a expedir factura electrónica de venta  Resolución 139 del 21 de noviembre de 2012
Código CIIU división a dos (2) dígitos
Código CIIU a tres (3) dígitos (sólo para divisiones 46 y 47)
1 01/05/2019 01/08/2019 01/11/2019 05 06 07 08 09    
2 01/06/2019 01/09/2020 01/12/2019 16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 32 33      
3 01/07/2019 01/10/2019 01/01/2020 45 465 473 474      
4 01/08/2019 01/11/2019 01/02/2020 461 462 463 466 469    
5 01/09/2019 01/12/2019 01/02/2020 94 95 96        
6 01/10/2019 01/01/2020 01/03/2020 464 475 476 477 478 479  
7 01/11/2019 01/02/2020 01/04/2020 58 59 60 61 62 63 90
91 92 93        
8 01/12/2019 01/03/2020 01/05/2020 41 42 43        
9 01/01/2020 01/04/2020 01/06/2020 10 11 12 13 14 15 71
72 73 74 75      
10 03/03/2020 04/05/2020 04/07/2020 49 50 51 52 53 55 56
84 86 87 88      
11 01/03/2020 02/06/2020 02/08/2020 69 70 471 472      
12 01/04/2020 01/07/2020 01/09/2020 35 36 37 38 39 64 65
66 68 85        
13 02/05/2020 01/08/2020 01/10/2020 01 02 03 77 78 79 80
81 82          
14 02/05/2020 01/08/2020 01/10/2020 Otras actividades no clasificadas previamente

 

¿Dónde puedo ver el código de mi actividad económica?

 El código se puede ver en el Registro Único Tributario y correspondería al de su actividad económica principal. El código de su actividad principal es un número de 4 dígitos